El Ministerio publica sanciones históricas a aerolíneas low cost por prácticas abusivas
16061
wp-singular,post-template-default,single,single-post,postid-16061,single-format-standard,wp-theme-bridge,bridge-core-3.3.3,qode-page-transition-enabled,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-title-hidden,qode-theme-ver-30.8.5,qode-theme-bridge,disabled_footer_top,qode_header_in_grid,wpb-js-composer js-comp-ver-8.1,vc_responsive

El Ministerio publica sanciones históricas a aerolíneas low cost por prácticas abusivas

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha publicado por primera vez las resoluciones sancionadoras impuestas a cinco aerolíneas low cost: Ryanair, Vueling, EasyJet, Norwegian y Volotea. Estas sanciones, que ascienden a un total cercano a los 179 millones de euros, responden a prácticas abusivas hacia los consumidores, como el cobro de suplementos por el transporte de equipaje de mano o la selección de asientos contiguos para menores y personas dependientes junto a sus acompañantes.

El ministro Pablo Bustinduy firmó en noviembre las Órdenes que desestiman los Recursos de Alzada presentados por estas compañías, ratificando las sanciones impuestas por la Secretaría General de Consumo y Juego. Las prácticas sancionadas incluyen dos infracciones muy graves: Cobrar por el equipaje de mano en cabina, elemento considerado indispensable para el transporte según la normativa europea, y exigir un sobrecoste por la reserva de asientos contiguos en casos de menores y personas dependientes.

Además, se sancionaron otras infracciones graves, como la negativa a aceptar pagos en metálico en los aeropuertos españoles y la publicación de precios engañosos en sus plataformas web. En el caso de Ryanair, también se penalizó la imposición de una tasa abusiva por la impresión de tarjetas de embarque.

Detalles de las sanciones

Las sanciones individuales, las mayores impuestas hasta ahora por Consumo, se distribuyen de la siguiente manera:

  • Ryanair: 107.775.777 euros
  • Vueling: 39.264.412 euros
  • EasyJet: 29.094.441 euros
  • Norwegian: 1.610.001 euros
  • Volotea: 1.189.000,99 euros

Estas sanciones se sustentan en el artículo 49.7 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, así como en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En 2014, el TJUE dictaminó que el equipaje de mano debe considerarse un elemento indispensable del transporte y no puede estar sujeto a costes adicionales, siempre que cumpla con las normativas de peso y seguridad. Esta posición fue respaldada por el Parlamento Europeo en 2023, que instó a los Estados Miembros a garantizar el cumplimiento de esta normativa. En el portal web del Ministerio, se pueden consultar las Órdenes específicas de cada aerolínea, que detallan las resoluciones adoptadas tras los Recursos de Alzada presentados.

Fuente: Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

13 de diciembre de 2024



Consumo CLM
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.