España impulsa nuevos mecanismos para resolver litigios de consumo sin pasar por los tribunales
16388
wp-singular,post-template-default,single,single-post,postid-16388,single-format-standard,wp-theme-bridge,bridge-core-3.3.3,qode-page-transition-enabled,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-title-hidden,qode-theme-ver-30.8.5,qode-theme-bridge,disabled_footer_top,qode_header_in_grid,wpb-js-composer js-comp-ver-8.1,vc_responsive

España impulsa nuevos mecanismos para resolver litigios de consumo sin pasar por los tribunales

Con la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, España introduce un nuevo concepto de justicia que refuerza la resolución extrajudicial de conflictos antes de acudir a los tribunales.

A partir de ahora, los consumidores deberán recurrir de forma previa a un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC) —como la mediación, conciliación o arbitraje— salvo en casos excepcionales como el Proceso Europeo de Escasa Cuantía. Los acuerdos alcanzados mediante estos mecanismos tendrán carácter vinculante y ejecutivo, con la misma validez que una sentencia judicial.

El objetivo es agilizar los procedimientos, reducir costes y descongestionar los tribunales, ofreciendo vías más rápidas y colaborativas para resolver litigios de consumo, tanto a nivel nacional como transfronterizo.

Entre las ventajas de estos sistemas destacan su rapidez, menor coste, confidencialidad y eficacia, garantizando que los acuerdos alcanzados sean de obligado cumplimiento.

Fuente: CEC España

25 de abril de 2025



Consumo CLM
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.